El Ministerio de Justicia deberá pagar 6.600 euros a un juez por las 33
guardias que efectuó de 2011 a 2103, sin disfrutar de un día de permiso.
El texto de la sentencia se basa en la
normativa europea y en un acuerdo del Conejo General del Poder Judicial de 15
de octubre de 2013 que modificaba el reglamento 1/2005 para aplicar la
Directiva europea sobre esta materia, estableciendo pautas relativas a los
periodos mínimos de descanso que deben disfrutar todos los trabajadores del
sector público y privado, diario y semanal, y también sobre la duración máxima
de trabajo semanal.
Según la juez esa Directiva incluye
también a los miembros de la carrera judicial, a pesar de que "es el único
cuerpo funcionarial que aún no tenía reconocido de forma general este descanso
tras la finalización del servicio de guardia".
La sentencia hace constar además que la
jornada de los jueces "no sólo no está siempre establecida previamente,
sino que en numerosas ocasiones se prolonga por exigencia de su propio régimen
jurídico, mediante la prestación del servicio de guardia".
Jueces instructores
Esta sentencia afectará a todos los jueces
de Instrucción que no disfrutaron del día saliente de guardia antes del 15 de
octubre de 2013, fecha en que se modificó el reglamento para reconocer el
derecho de los jueces a disfrutar de un día de permiso tras la guardia.
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