Finalmente la Dirección General de
Oficina Judicial y Fiscal ha cerrado una nueva negociación en falso al no
atender a aquellas reivindicaciones básicas que, desde
SPJ-USO y el resto de las organizaciones sindicales le hemos
planteado, y ha aprobado la Instrucción sobre Comisiones de Servicio y
Sustituciones sin ningún apoyo sindical.
En nuestras anteriores informaciones os
hemos relacionado las mejoras conseguidas en esta instrucción respecto de la
anterior regulación en esta materia, gran parte de ellas a propuesta de SPJ-USO, que han posibilitado su
mejora. Como mejoras notables destacamos:
-- Se recoge en la misma
una esperada y a la vez garantista
regulación de las comisiones de servicio por razones humanitarias, en la
que se ha conseguido conciliar el derecho de aquellos compañeros que desean
acceder a un puesto mejor en base a la antigüedad que poseen y el de aquellos
que se encuentran en alguna de las especiales circunstancias que se ha estimado
necesitan ser atendidas con carácter preferente.
-- Igualmente se ha dado mayor relevancia a la figura de las
sustituciones, diferenciadas ahora en horizontales y verticales, dependiendo
si se hacen en el mismo cuerpo o en cuerpo superior.
-- Se regulan también las
adscripciones provisionales y se mejora todo el proceso y los tramites de las
concesiones de estas situaciones.
Pero la Consejería de Justicia escudándose
en el cumplimiento de la legalidad presupuestaria y la prevalencia del servicio
público ha considerado no atender algunas demandas esenciales para SPJ-USO como son:
-- Se ha
negado a considerar el pago del 100% de las retribuciones básicas a aquellos compañeros
que sustituyan en cuerpo superior, no cumpliéndose así el principio de
"a igual trabajo igual salario", que hemos hecho valer.
-- Se ha
negado a ofrecer las plazas afectadas por liberaciones sindicales para ser
cubiertas mediante la figura de las sustituciones horizontales o verticales,
alegando únicamente motivos técnicos y presupuestarios y sin que se les haya
visto una clara voluntad de solucionar dichos impedimentos.
-- Se ha
negado a entrar a negociar la problemática de las sustituciones sin relevación
de funciones de los Auxilios Judiciales, y lo que es mas grave, ha admitido
no tener ninguna solución para ello. Es decir, desde la Consejería de Justicia
se deja desamparados a los compañeros del cuerpo de Auxilio que a diario han de
enfrentarse al problema que se les plantea al tener que realizar las funciones
que le son propias en el Juzgado en el que están destinados así como en
aquellos otros en los que se les obliga sustituir. Todo ello sin que se regulen
ni siquiera las funciones que han de realizar en dichas sustituciones ni los
turnos que han de establecerse ni la forma de compensarse, ya sea económica o
con libranzas.
Al margen de estos, también existen
otros aspectos negativos como son la exigencia de permanencia previa de 6 meses
en el destino, la obligatoriedad del informe del Secretario (aunque no sea
vinculante), la penalización de seis meses en caso de renuncia, la
consideración de ausencia de larga duración a partir de los dos meses (y no a
partir de uno, como hace el Ministerio)...
Por todo ello, y a pesar de haber
conseguido avanzar bastante en esta negociación en la introducción de mejoras,
desde SPJ-USO no
hemos dado nuestro apoyo a la misma porque entendemos que la Consejería podía
haber hecho un esfuerzo mayor por introducir los puntos que hemos señalado como
básicos, para lo cual, al margen de defender nuestras propuestas en la mesa
de negociación ante la Dirección General de Oficina Judicial, que no hacen sino
recoger el sentir de nuestro colectivo, las hemos explicado y defendido, ante
todas las instancias de la Consejería.