jueves, 7 de julio de 2011

EXIGIMOS A LA CONSEJERÍA GARANTÍAS PARA LOS DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS EN EL DECRETO MARCO DE LA NUEVA OFICINA JUDICIAL

SPJ-USO reclamó el pasado 21/6/11 al Consejero “NEGOCIAR” (no un mero trámite de alegaciones) el Decreto de implantación de la Nueva Oficina Judicial de Andalucía, como ya os informamos. Le manifestamos que no resulta factible pensar en el nuevo modelo de Oficina Judicial sin un presupuesto concreto y suficiente que permita la inversión necesaria para aumentar la plantilla, instalaciones dignas y adaptadas a las nuevas necesidades, y medios informáticos adecuados. También pensamos que resulta imprescindible aliviar de sobrecarga y acumulación de asuntos a muchos de los órganos judiciales de Andalucía, para que la Nueva Oficina Judicial no nazca ya atascada. En definitiva, que si no hay dinero ni posibilidades de asegurar las inversiones necesarias, es mejor no emprender aventuras condenadas al fracaso. 
Tras acceder el Consejero a negociar los contenidos del proyecto de Decreto que regulará la estructura y organización “marco” de la futura Oficina Judicial, en la jornada de 6/7/2011, se ha celebrado la primera reunión del grupo de trabajo constituido entre la Administración y los sindicatos para “analizar” el contenido de dicho Decreto. En ella SPJ-USO, junto al resto de sindicatos representativos, han adoptado la postura común y unánime de exigir a la Consejería garantías para los derechos de los funcionarios judiciales en el marco de la Nueva Oficina Judicial, y la Administración se ha comprometido a presentarnos un texto al respecto antes del día 14 de julio, fecha de la próxima reunión.
Por otra parte, a la par, también se nos ha dado traslado para hacer alegaciones en el plazo de 30 días, sobre un “Plan estratégico de Calidad para la justicia” que difiere muy poco del contenido del Decreto, lo tenemos en nuestras secciones sindicales a vuestra disposición, por si os pudiera interesar. Lo que no se nos ha aclarado, ha sido el por qué, antes de entrar en la negociación de las distintas Oficinas Judiciales, así como las Relaciones de Puestos de trabajo, se pretende con este Decreto, dejar fijada, sin fecha y sólo sobre el papel, la estructura de la Nueva Oficina Judicial en Andalucía.
 SPJ-USO advirtió que un Decreto de este tipo, si no tiene la suficiente flexibilidad y generalidad, puede comprometer innecesariamente la futura implantación del nuevo modelo organizativo. Además debe ir acompañado de un horizonte temporal determinado, y de una memoria económica que describa las partidas presupuestarias en que se va a sustentar. Desde nuestro punto de vista, la implantación futura de la NOJ se debe diseñar aprendiendo de los graves errores cometidos por el Ministerio de Justicia en la experiencia vivida en su territorio. La prudencia y el buen sentido aconsejan comenzar por lo menos complicado, seguir de manera progresiva, sin ponerlo todo “patas arriba”, y  abundando en los Servicios Comunes que tienen mayores garantías de funcionamiento (el Servicio Común de Ordenación del Procedimiento, previsto en la Ley Orgánica como oficina excepcional, se ha querido convertir en el protagonista forzado de la experiencia en territorio del Ministerio de Justicia, y el fracaso ha sido rotundo según todos reconocen).
Pero sobre todas las cosas, lo esencial y primero que queremos ver fijadas son las garantías de los derechos de los funcionarios judiciales. Garantías de las retribuciones por todos los conceptos; de la frecuencia en la realización del Servicio de Guardia y de las cuantías retributivas que genera su prestación; de que no se amortizará ningún puesto de trabajo y de que se incorporará a plantilla el número de plazas de refuerzo; concreción en el destino de los funcionarios (no basta con el orden jurisdiccional, como dicen el art. 521 de la LOPJ y el actual Reglamento, hay que concretar el tipo de órgano –civil, mercantil, familia, instrucción, penal, vigilancia, menores, etc-); someter a un procedimiento reglado la movilidad interna dentro de la NOJ para que no quede al arbitrio del jefe oportuno; especificación de las tareas y responsabilidades de cada cual; formación adecuada del personal de Justicia; promoción profesional (incluido acceso a puestos singularizados); plan para garantizar su salud laboral; etc.

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