El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado el Informe al Proyecto de Real Decreto sobre comunicaciones telemáticas en la Administración de Justicia.El
Proyecto de Real Decreto constituye un paso importante en el proceso de
implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en
la Administración de Justicia por cuanto sirve de instrumento normativo
por el que se desarrolla el régimen de comunicaciones y notificaciones
electrónicas, según ha manifestado en un comunicado el CGPJ.
El Proyecto de Real Decreto constituye un paso importante en el proceso
de implantación de las tecnologías de la información y la comunicación
en la Administración de Justicia por cuanto sirve de instrumento
normativo por el que se desarrolla el régimen de comunicaciones y
notificaciones electrónicas, según ha manifestado en un comunicado el
CGPJ.
Más dudas suscita al CGPJ la oportunidad de proceder a su elaboración cuando gran
parte de su contenido depende de la aprobación de normas legales que se
tramitan en el Parlamento y de la disposición de medios técnicos,
en un ámbito en el que aparecen implicadas distintas Administraciones
con sistemas propios, cuya coordinación corresponde a este Consejo y
cuya compatibilidad es fundamental para la efectiva implantación de las
comunicaciones telemáticas en la Administración de Justicia.
La propuesta de informe, no obstante, reconoce que si las normas legales
fueran aprobadas en los términos proyectados, el Proyecto de Real
Decreto supondría un ahorro de tiempo indudable, perspectiva desde la
que ha de entenderse la urgencia en su elaboración.
El Proyecto tiene dos finalidades como son, por un lado, desarrollar las últimas reformas de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la Ley Hipotecaria en materia de utilización de medios telemáticos, y de otra derogar –con el fin de actualizarlo- el Real Decreto 84/2007 sobre implantación en la Administración de Justicia del sistema informático de telecomunicaciones Lexnet.
El Consejo General del Poder Judicial valora positivamente el
establecimiento de la obligatoriedad para profesionales de la Justicia y
para los órganos judiciales y fiscalías del uso de los medios
electrónicos para la presentación de documentos y para la recepción de
actos de comunicación procesal, aunque advierte del notable esfuerzo que
habrán de realizar las Administraciones públicas implicadas para la
efectiva implantación de las comunicaciones telemáticas en Justicia a
partir del 1 de enero de 2016.
Compatibilidad e integración
El CGPJ recuerda que para que el sistema de comunicaciones telemáticas
entre órganos judiciales y profesionales de la Justicia y ciudadanos
funcione realmente y se garantice el derecho a la tutela judicial de
todos, se precisa que los sistemas utilizados por las diferentes
Administraciones implicadas sean compatibles y estén integrados entre
sí.
Para garantizar esta compatibilidad e integración es necesario articular
medios que permitan la convivencia y, por tanto, la compatibilidad e
integración de este sistema con otros que ya existen en diferentes
Comunidades Autónomas.
El Informe hace hincapié en la necesidad, para garantizar la implantación de Lexnet, de integrar este sistema con el Sistema de Gestión procesal correspondiente,
e igualmente estima adecuado promover un medio de intercambio con los
sistemas de comunicación telemática de presentación de demandas, con el
objeto de minimizar el impacto que puedan tener estos sistemas para el
ciudadano y sus representantes legales.
Garantizar la tutela judicial
El Informe considera que es imprescindible que los sistemas de gestión
procesal se acomoden tecnológicamente a los nuevos requerimientos, para
lo que se hace necesario contar con la adecuada cobertura normativa.
En este sentido, bien en el proceso de reforma de la Ley de
Enjuiciamiento Civil, bien en la Ley reguladora del uso de las
tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de
Justicia, entiende el Consejo que debería introducirse un precepto que garantizase la uniformidad en todo el territorio nacional, al tratarse de la afectación de un derecho fundamental como es el de la tutela judicial efectiva.
Aspectos técnicos
El Informe del CGPJ concluye con una serie de precisiones en relación
con ciertos aspectos técnicos del Proyecto de Real Decreto, como la que
hace referencia a la obligatoriedad de establecer normas de registro conforme al Test de Compatibilidad.
En tal sentido, deberían de concretarse los datos que habrán de
registrarse en los servicios comunes procesales con funciones de
registro y reparto. Sería conveniente, según el Informe del CGPJ, la utilización de un formulario de entrada que obligue a todos los operadores jurídicos a rellenar los datos obligatorios de acuerdo al Test de Compatibilidad.
Con referencia a las formas de identificación y autenticación, considera
que hubiera sido conveniente que el Proyecto, en vez de remitirse a una
norma compleja y sin desarrollar como es el Reglamento europeo
910/2014, concretara con mayor precisión los sistemas que serán válidos
como formas de identificación y autenticación para la realización de
actos de comunicación telemática y servicios de entrega certificada.
Algunas otras precisiones lo son en cuanto a la necesidad de profundizar
en la descripción de los parámetros de la firma electrónica y en la
obligatoriedad y régimen de uso del certificado judicial electrónico.
Finalmente se llama la atención sobre la posibilidad de adjuntar en soporte digital algunos documentos que excedan de tamaño para el sistema Lexnet,
indicándose en este sentido que el Proyecto debería contener
especificaciones técnicas tendentes a garantizar la integridad y
autenticidad del documento, así como su inmutabilidad y compatibilidad
con las aplicaciones y sistemas de la Administración de Justicia.
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