Según ha informado la entidad BBVA: "Atendiendo a su solicitud y en línea con las conversaciones que hemos mantenido, nos es grato comunicarles que respecto a los prestamos hipotecarios formalizados por sus asociados con anterioridad al 1 de abril de 2009, esta entidad está dispuesta a modificar el limite mínimo del tipo de referencia que pudiera corresponder conforme la escritura de préstamo, ofreciendo a nuestros clientes las siguientes opciones:
1- Eliminación del suelo y techo en escritura pública que se inscribiría en el Registro de la Propiedad (el coste deberá ser asumido por el cliente).
2- Posibilidad de optar por la reducción en contrato privado, sin gastos para el prestatario, hasta los siguientes límites: o para suelos de referencia: el mínimo se fijaría en 1,75%, al que se añadiría el diferencial correspondiente para la conformación del tipo a aplicar en los términos previstos en dicha escritura; o para suelos de tipo: el mínimo se fijaría en 2,15%, constituyendo éste el tipo de interés final para el cliente.
Para proceder a realizar cualquiera de estas modificaciones será preciso que el prestatario lo solicite expresamente en la oficina donde tenga concedido el préstamo; siendo necesario que el cliente mantenga contratados o contrate en este mismo acto con BBVA, entre otros que pudieran resultar de su interés, los productos siguientes: domiciliación de nómina y recibos, tarjeta de crédito y seguro de hogar".
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