Si has estado de baja más de 6 meses por el mismo concepto durante los años 2007 y 2009 y tuviste decho al abono de cantidades por el reconocimiento del cuarto punto en determinados destinos te interesa la información que exponemos a continuación...
El reconocimiento del 4º punto en el Complemento General de Puesto supone, a los funcionarios que en su primer mes de licencia de incapacidad temporal estuviesen en destinos a los que se les haya reconocido dicho 4º punto, el incremento correspondiente del subsidio por incapacidad temporal.
Tras la sentencia del Tribunal Supremo que reconocía el derecho de todos los funcionarios de percibir cuatro puntos en el Complemento General de Puesto con efectos 1 de enero de 2007, lo que implicaba un aumento de dicho complemento para muchos funcionarios; y que en consecuencia aquellos funcionarios que, entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2009, iniciaron una licencia por enfermedad, con el consiguiente reconocimiento del subsidio por incapacidad temporal, debían ver incrementado el importe de éste por cuanto dicho subsidio fue calculado conforme las retribuciones complementarias que tenían en el primer mes de licencia.
Cada funcionario afectado además de la solicitud (que tenemos a disposición de todos los afiliados) aportara una nueva certificación de retribuciones (o documento equivalente) expedida por la correspondiente Delegación Provincial de la Consejeria de Gobernación y Justicia de la que dependía el funcionario en el primer mes de licencia, en la que conste el importe correspondiente a dicho complemento en dicho mes tras la revisión del mismo a consecuencia de la Sentencia antes referida.
NOTA: Disponemos de los oportunos modelos de solicitud atendiendo a las circunstancias de cada uno. Podéis solicitarlo en la siguiente dirección: spjcadiz@hotmail.com
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