LOS SERVICIOS JURIDICOS DE SPJ-USO GANAN LAS PRIMERAS SENTENCIAS DE RECLAMACION DE LOS TRIENIOS ANTERIORES AL EBEP EN CÁDIZ
Ya tenemos las primeras sentencias (un total de 11) que dan la razón a SPJ-USO en cuanto al abono de los trienios devengados con anterioridad a la entrada en vigor del EBEP, que reconocía este derecho sin efectos retroactivos.
Con dicha reclamación, se han visto beneficiados tanto interinos como titulares (que en el período reclamable ostentaban la condición de interinos).
Como sabéis, SPJ-USO fue el impulsor, en su momento, de dichas reclamaciones, frente a otras voces sindicales que abogaban por esperar “el reconocimiento de oficio”. Menos mal que nos hicisteis caso ya que la sentencia reconoce el abono a los recurrentes de las cantidades devengadas y no satisfechas tomando como fecha de referencia la de la reclamación previa en vía administrativa.
La base jurídica del éxito de la reclamación descansa sobre los fundamentos de la sentencia de 22 de diciembre de 2010 de la Sala Segunda del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
No hay comentarios:
Publicar un comentario