Combinación de nuevas y viejas fórmulas que arroja luces y sombras sobre nuestro mercado laboral.
Descarga el siguiente texto desde su sitio web de origen haciendo clic aquí. Igualmente, puedes descargar el documento de la reforma mediante el archivo adjunto a este mensaje.
La reforma profundiza en caminos ya abiertos.
Deben prevalecer los acuerdos entre trabajador y empresario en el ámbito de cada empresa.
Profundizar más en las medidas de flexibilidad interna pactada en las empresas con cobertura para los trabajadores.
Con respecto a algunas de las medidas aprobadas:
Valoramos positivamente el nuevo contrato indefinido para emprendedores, en tanto que debe responder a un necesario plan de choque para facilitar la contratación de jóvenes y desempleados, así como que la ayuda económica sea dirigida a la creación neta de empleo y no se repita el error de bonificar contratos que sólo traía consigo la rotación en el empleo y una mayor tasa de temporalidad.
La apuesta por la formación como un derecho individual del trabajador, es algo que la USO viene reclamando y por tanto el derecho de éste a decidir con quién y cómo quiere formarse, y no un derecho de los agentes sociales, que configuran la fundación tripartita, a impartirla.
La apuesta por medidas que eviten el recurso al despido por parte de la pequeña empresa, deben complementarse para que sean eficaces en el sentido de que cualquier modificación sustancial de las condiciones de trabajo lleve consigo la percepción de la correspondiente prestación.
En cuanto a las “nuevas” indemnizaciones por despido, la USO considera que la generalización del contrato de 33 días por año, es la crónica de una muerte anunciada que se inicio con el acuerdo alcanzado en 1997 por los agentes sociales más representativos. Debe de quedar claro el derecho adquirido por los trabajadores que están actualmente ocupados.
La objetivación de las causas del despido enunciadas, abre la puerta a interpretaciones, de manera que si no es con acuerdo, seguirán acabando en los tribunales. La USO sigue considerando que es un debate estéril seguir profundizando sobre la cuantía del despido improcedente ya que por su propia denominación, lo que procedería es la readmisión del trabajador en la empresa y sólo si hay un acuerdo entre trabajador y empresario se rescindiese el contrato.
Por último la USO pide al Gobierno y a los grupos parlamentarios que estas medidas sean tramitadas como Proyecto de Ley y puedan escuchar las propuestas que como esta central sindica les haremos llegar para conseguir una Reforma más justa y que facilite el acceso a un empleo estable y de calidad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario